En España resulta bastante complejo concretar la cuantía a pagar fiscalmente por quien hereda, existiendo, en consecuencia, una alta incertidumbre sobre el patrimonio final que recibirán los sucesores. La coexistencia de 17 regímenes fiscales, unido a las diferencias legales de cada región, provoca grandes desigualdades y no pocas dificultades a la hora de recibir los bienes de un familiar fallecido. Quien ha sufrido este proceso es consciente de la importancia de planificar al detalle la repartición de su propia herencia.
Es muy frecuente que padres e hijos vivan en distintas comunidades autónomas e, incluso, países diferentes y la regla general es que la normativa a aplicar por los herederos, en cada caso no depende del lugar donde vive el heredero, ni donde están los bienes, sino de aquel en el que el fallecido tenía su residencia habitual (allí donde hubiera pasado un mayor número de días durante los últimos cinco años). En ese sitio se liquidará el impuesto de sucesiones. Más difícil resulta, determinar la cuantía que deben pagar quienes heredan, y ésta es una de las grandes preocupaciones cuando se aborda el reparto del patrimonio del fallecido (o causante, en términos del Código Civil). El impopular impuesto de sucesiones no es igual en todo el territorio. Al ser un tributo cedido a las comunidades autónomas, algunos gobiernos regionales utilizan su capacidad normativa para aprobar bonificaciones y reducciones que pueden variar de año en año. Por lo tanto, controlar la normativa aplicable no es tarea sencilla ni siquiera para los fiscalistas.
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